Una ordenanza municipal comenzó a regir con fecha 26 de marzo de 2021 en la comuna de Ninhue y que viene a regular el tránsito de vehículos pesados por el centro del área urbana de la comuna de Prat.
Así se desprende de la información publicada a través de la página web del municipio, firmada por la alcaldesa Carmen Blanco Hadi, quien comparte con la comunidad el Decreto N° 1.034 aprobado bajo Acuerdo N° 424 del Honorable Concejo Municipal.
Esta ordenanza se basa en el crecimiento experimentado en los últimos años por el parque automotriz de la comuna y tiene relación con los siguientes temas: Señalización, uso de las Vías, sentido de Circulación y Restricciones de Transito, Estacionamientos Prohibidos y Reservados, Normas sobre Transporte Público, Normas sobre Carga y Descarga, Circulación de Vehículos Pesados. etc.
Dentro de lo que se menciona en esta ordenanza se puede destacar, por ejemplo, lo que menciona en el párrafo 8°sobre la Circulación de Vehículos Pesados.
Artículo 28°,- Queda prohibido la circulación por las vías sujetas a esta ordenanza de todo tipo de vehículos motorizados destinados al transporte de carga que tengan un número superior a dos ejes, ya sea camiones, tracto-camiones, tráiler, remolques, semirremolques, camiones forestales y otros similares.
Se exceptúan de la prohibición anterior, los vehículos policiales, municipales, de bomberos, recolectores de basuras, aseo, mudanza, emergencia, vialidad u otros de servicios.
Artículo 29°,- Prohíbase la circulación de camiones forestales superiores a dos ejes, que realizan sus faenas en el sector norte de la comuna por las calles: Arturo Prat, O’higgins, Esmeralda, Héroes de la Concepción y Manuel Rodríguez. Zona Urbana de la Comuna de Ninhue, debiendo transitar por rutas alternativas a la comuna.
Artículo 30°,- Los propietarios, tenedores o conductores de vehículos de transporte de carga, superior a dos ejes y que requieran transitar al interior de los centros urbanos, deberán solicitar previamente un permiso especial dirigido a Alcaldesa (e) de la Municipalidad de Ninhue.
Artículo 31°,- La fiscalización de las normas de esta ordenanza estará a cargo de Carabineros de Chile e Inspectores Municipales, debiendo denunciar al Juzgado de Policial Local de Ninhue, las infracciones o contravenciones que se cometan.
Artículo 31°,- En caso de las infracciones a los artículos 28° y 29° de la presente ordenanza, serán sancionadas con una multa de entre 2 y 5 unidades tributarias mensuales y en caso de reincidencia, dentro de un mismo año la multa será aumentada al doble de la multa aplicada la primera vez.
La normativa fue publicada en la página web de la municipalidad.
Por: Paparazzi Ninhue / Quirihue Noticias / Municipalidad Ninhue