Desde este 19 y hasta el 29 de abril estará abierto el primer llamado del año para postular al Subsidio Habitacional para Sectores Medios (D.S.1). Para acceder las familias deben contar con el ahorro depositado en su cuenta para la vivienda al 31 de marzo y cumplir con los requisitos establecidos según el tramo al que desean acceder.
Este subsidio, en sus diferentes modalidades, está destinado a familias que no son propietarias de una vivienda, que cuentan con capacidad de ahorro y/o acceso a crédito hipotecario, pero que requieren de la ayuda del Estado para acceder a una solución habitacional definitiva. Para este primer llamado 2022 hay 7.335 subsidios disponibles a nivel nacional.
El ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, explicó que “este subsidio va en apoyo a las miles de familias de todo Chile que necesitan una vivienda. Este beneficio les entrega la opción de que puedan aplicarlo en una vivienda nueva o usada, o también construir en un sitio que sea propiedad de la familia”.
Por su parte, la subsecretaria Tatiana Rojas destacó que “es un subsidio para el que hemos habilitado distintas vías de postulación, facilitando el proceso a todas las familias que desean acceder a cualquiera de sus dos modalidades”.
El subsidio para Sectores Medios es un programa regular del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que cuenta habitualmente con dos llamados a postulación durante el año. Además, por la situación sanitaria, se han dispuesto alternativas de postulación.
Ø Vía automática: para aquellas personas que postularon al Segundo Llamado 2021 del Subsidio para Sectores Medios (realizado entre el 21 y el 29 de octubre del año pasado) y que no fueron seleccionadas, podrán postular al actual llamado si cumplen con los requisitos exigidos para cada uno de los Tramos y aceptar la propuesta de postulación que el Minvu enviará a sus correos electrónicos o directamente en www.minvu.cl. Además, podrán optar por cambiar su Tramo de postulación si acreditan los requisitos hacerlo.
Ø Postulación online: dirigido a personas interesadas en postular en la modalidad de adquisición de viviendas, en la alternativa individual. Para esto, deben contar con su Clave Única entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (al igual que los integrantes de su núcleo familiar mayores de 18 años, exceptuando a su cónyuge); tener sus ahorros en instituciones financieras con información en línea con el Minvu (Banco Estado, Banco Scotiabank, Coopeuch y Caja Los Andes); y que no necesiten acreditar ninguna situación especial con documentación anexa.
Ø Formulario de Atención Ciudadana: las personas que no puedan materializar su postulación a través de las vías señaladas anteriormente, podrán presentar su solicitud de postulación a través de la plataforma “Formulario de Atención Ciudadana” adjuntando los documentos que serán solicitados.
Consideraciones especiales para este llamado:
· Se aceptarán las cédulas de Identidad que no estén vigentes. (D.S. N°147 de 2021 del Ministerio de Justicia y DDHH).
· No se exigirá preaprobación de un crédito hipotecario.
· Para aquellos postulantes a la modalidad de Construcción en Sitio Propio que hayan postulado al primer o segundo llamado 2021 y que no resultaron seleccionados, se les considerarán los documentos de acreditación del terreno y factibilidades presentados en los anteriores llamados. Para los que no han postulado anteriormente, estos documentos deben haber sido emitidos a partir del 1° de enero de 2021.
Montos del subsidio:
· El llamado considera 2 modalidades de postulación:
§ Adquisición de viviendas: Permite comprar una vivienda nueva o usada en algunos de los siguientes tramos de precio de vivienda, para lo que se deben cumplir distintos requisitos de ahorro y calificación socioeconómica:
§ Tramo 1: Viviendas hasta 1.100 UF ($34.900.000). Necesita un ahorro mínimo de 30 UF ($952.000)
§ Tramo 2: Viviendas hasta 1.600 UF ($50.765.000). Necesita un ahorro mínimo de 40 UF ($1.270.000)
§ Tramo 3: Viviendas hasta 2.200 UF ($69.800.000). Necesita un ahorro mínimo de 80 UF ($2.539.000)
§ Construcción en Sitio Propio: Permite la construcción de una vivienda en sitio propio o en densificación predial (construcción de una vivienda en un terreno donde ya existe otra). Considera los siguientes tramos:
· Tramo 2: Viviendas hasta 1.600 UF
· Tramo 3: Viviendas hasta 2.200 UF