La Corte de Apelaciones de la ciudad de Chillán tras confirmar el fallo de primera instancia condenó al Centro de Estética y Salud Complementaria Chizen Spa al pago de una indemnización de $3 millones a una consumidora que sufrió daños en su rostro a raíz de un tratamiento cosmetológico.
Los hechos se originaron en el mes de mayo del año 2019 cuando la consumidora acudió al Centro de Estética con el propósito de eliminar dos manchas de color café que tenía en sus pómulos.
En el lugar, bajo recomendación de la cosmetóloga, comenzó un tratamiento donde decidieron aplicar un ácido y un procedimiento con láser en su rostro. A la cuarta sesión, le prometieron que, en un periodo de una semana, la mancha negra, provocada por el ácido en su cara desaparecería junto con el dolor, pero eso no ocurrió.
Cómo la situación empeoró, la consumidora decidió acudir a un médico dermatólogo, quien le diagnosticó un cuadro de «Hiperpigmentación Post Inflamatoria Severa” esto a raíz de un procedimiento cosmetológico no indicado y no controlado por un médico especialista provocando efectos adversos en la piel.
Es decir, las manchas cafés en su rostro se tornaron negras, debiendo someterse a un tratamiento dermatológico profesional en virtud de la hipersensibilidad y los efectos adversos que generó en la piel de su rostro.
A raíz del hecho, la afectada interpuso un reclamo ante el SERNAC, y al no recibir una respuesta positiva de parte de la empresa, decidió acudir a la justicia a través de una denuncia, instancia donde el SERNAC se hizo parte.
Tras analizar los antecedentes del caso, el Primer Juzgado de Policía Local de Chillán estableció que la empresa no respetó los derechos básicos de la consumidora, al actuar en forma negligente y por vulneración a la seguridad en el consumo.
El fallo de la justicia, además, argumentó que, el título de cosmetóloga y ninguno de sus certificados de cursos y especializaciones, ni el título de kinesióloga, autorizan para realizar un procedimiento con láser y ácido como el aplicado a la afectada. En consecuencia, en ningún caso pueden realizar labores propias y exclusivas de profesionales médicos con especialidad en dermatología.
El centro de estética apeló al falló, por lo que finalmente fue la Corte de Apelaciones de la ciudad de Chillán, quien ratificó la sentencia en primera instancia. determinando que la clínica estética infringió la Ley del Consumidor al no respetar los derechos de la afectada.
Para el Director Regional del SERNAC, Rodrigo Cerda “los consumidores que contratan los servicios de centros de estética depositan su confianza en ellos, pues no tienen opción de evaluarlo antes. Por ello, las empresas deben responder con mayor profesionalismo”.
“Si algún consumidor sufre daños por el mal trabajo de una empresa, tiene derecho a ser indemnizado, desde el costo de la atención médica, los días que dejó de trabajar, hasta el dolor o las molestias que pudo sufrir”.
La Justicia condenó a la Clínica Estética Chizen Spa de Chillán al pago de una indemnización de $3 millones, más reajustes e intereses, por el daño moral ocasionado a la afectada, además de aplicarle una multa de 10 UTM, esto es, cerca de $600.000 a beneficio fiscal por infringir la Ley del Consumidor.