El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a Alfonso del Rosario Silva Sandoval a las penas de cumplimiento efectivo de 5 años y un día y 41 días de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de incendio reiterado y lesiones leves en contexto de violencia intrafamiliar, respectivamente. Ilícitos perpetrados en mayo del año pasado, en la comuna de El Carmen.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Solange Sufán (presidenta), Ricardo Piña y Rosa Caballero (redactora)– aplicó, además, a Silva Sandoval las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (incendio); y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena (lesiones).
Además, al tribunal le impuso al condenado la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier lugar al que concurra o visite habitualmente, en un radio de 200 metros, por el término de un año.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 21:30 horas del 23 de mayo de 2022, “(…) el acusado Alfonso del Rosario Silva Sandoval, concurrió al domicilio de su entonces conviviente (…), ubicado en la comuna de El Carmen, quien se encontraba afuera del inmueble y le lanzó a distancia una piedra con una honda, impactándola en la cabeza, resultando aquella con una herida del cuero cabelludo, calificada de leve según dato de atención de urgencia”.
Posteriormente, el acusado ingresó a la propiedad de “(…), y utilizando un elemento apto para producir ignición, procedió a prender fuego a dicha vivienda, la que se encontraba sin ocupantes, originando un incendio que consumió totalmente la vivienda y el automóvil de propiedad de (…), huyendo del lugar”.
“Luego, a eso de las 01:00 horas de la madrugada, ya del día 24 de mayo de 2022, el acusado concurrió a un segundo domicilio, ubicado a 30 o 40 metros del anterior, de propiedad de (…), el que se encontraba también sin moradores en su interior, ingresó a este y utilizando un elemento apto para producir ignición, procedió a prenderle fuego originándose un incendio, resultando la vivienda parcialmente consumida y con daños de consideración, para luego huir del lugar”.