El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), abrió las postulaciones a los Fondos Concursables 2025, el cual considera un presupuesto de $252.682.113 para la región de Ñuble.
Esta política pública es el mecanismo que Sence utiliza para seleccionar los cursos de capacitación solicitados por las Entidades Requirentes(ER) para sus asociados(as) y/o beneficiarios(as) y que serán financiados con fondos del Programa Becas Laborales.
Las postulaciones estarán disponibles hasta el viernes 25 de julio y las ER interesadas podrán presentar sus solicitudes de formación en oficios ingresando a www.sence.cl, en donde encontrarán toda la información y antecedentes del concurso.
La directora del Sence Ñuble, Leandra Macías Leiva, hizo un llamado a las agrupaciones y entidades de la región a postular y de esta manera, tener oportunidades para desarrollar competencias laborales en su público objetivo.
“Invito a las instituciones sin fines de lucro y municipalidades a participar en este proceso, en el que Sence ha dispuesto para Ñuble un importante presupuesto. Lo relevante de estos fondos concursables es que los requerimientos están orientados en facilitar capacitaciones a públicos y grupos con necesidades claramente identificadas, lo que hace que, como servicio, lleguemos a las comunidades y personas que más lo necesitan”, señaló la jefa regional del Sence.
¿Qué entidades requirentes pueden postular cursos al fondo concursable?
Instituciones sin fines de lucro
o Fundaciones
o Corporaciones
o Cooperativas acreditadas por el ministerio de Economía.
O Asociaciones y comunidades indígenas
o Asociaciones Gremiales y organizaciones sindicales
o Federaciones y confederaciones
Municipalidades
¿Quiénes no pueden postular a este fondo concursable?
• Organismos técnicos de capacitación (OTEC)
• Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC)
• Entidades Requirentes cuyos gerentes, administradores, propietarios, socios, partícipes,
representantes legales o directores sean gerentes, administradores, propietarios, socios,
partícipes, representantes legales o directores de un OTEC, fundación o empresa propietaria
del OTEC.
• Instituciones Públicas, a excepción de las municipalidades.
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