La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Chillán acogió 6 de las 118 solicitudes de internos de las diversas unidades penales de la jurisdicción que postularon a este derecho, durante el segundo semestre de 2021.
La comisión se reunió el miércoles 6 de octubre vía videoconferencia para revisar los antecedentes de cada postulante, resolviendo aceptar la petición de internos del Centro de Detención Preventiva de San Carlos (2); del Centro de Educación y Trabajo de Yungay (1); y del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán (3).
La Comisión de Libertad Condicional de Chillán es regida por el Decreto Ley Nº 321, modificado el 18 de enero de 2019 por la Ley 21.124 que establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
El 17 de septiembre del 2020, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deberán reunir los delegados de libertad condicional.
La comisión fue encabezada por el presidente de la Corte de Apelaciones de Chillán, ministro Guillermo Arcos y la integraron los jueces María Paz González y Juan Pablo Lagos del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, y los magistrados Manuel Vilches y Claudia Madsen del Juzgado de Garantía de Chillán; además del secretario del tribunal de alzada, Juan Pablo Nadeau y el oficial 3° Víctor Aravena.