De condenado a absuelto: comerciante es sobreseído tras segundo juicio por robo de dos paquetes de galletas
Defensora Pía Espinoza
Una extensa historia judicial llegó a su fin luego de que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán absolviera, en un segundo juicio y de manera unánime, a un comerciante de 51 años que había sido condenado inicialmente a cinco años y un día de presidio por el delito de robo con intimidación.
El caso había alcanzado notoriedad a nivel nacional debido a que los hechos investigados correspondían al supuesto robo de dos paquetes de galletas marca Carioca, avaluados en $600.
En el primer juicio oral, V.O.B. fue declarado culpable y condenado a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Sin embargo, la defensa recurrió ante la Corte de Apelaciones de Chillán, que acogió un recurso de nulidad y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.
Fue en este segundo proceso donde el tribunal resolvió absolver al comerciante, quien arriesgaba esta vez una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con intimidación.
La causa estuvo a cargo de la defensora penal pública de Ñuble, Pía Espinoza Garcés, quien junto al abogado Cristián Rozas Dockendorff sostuvo que la acusación del Ministerio Público se sustentaba principalmente en una prueba testimonial, sin elementos materiales, periciales o testimonios de terceros que permitieran corroborar de manera independiente la existencia de la intimidación.
“El actuar de mi representado está lejos de lo que se espera de una persona que cometió un robo con intimidación”, sostuvo la defensora durante sus alegatos.
Tribunal estableció existencia de duda razonable
En su resolución, el tribunal consideró que la prueba presentada durante el segundo juicio era insuficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad penal del acusado.
Según establecieron los jueces, la prueba resultó “del todo insuficiente y carente de corroboración con relación a la responsabilidad penal atribuida”, agregando que persistían dudas respecto de la dinámica en que ocurrieron los hechos.
En ese contexto, el tribunal concluyó que los antecedentes presentados no permitían alcanzar la convicción necesaria para dictar una condena.
La absolución puso fin a un extenso proceso judicial que significó para V.O.B. permanecer alrededor de un año y medio en prisión preventiva.
Sobre este período, la defensora Pía Espinoza destacó el impacto que tuvo la privación de libertad en la vida del acusado.
“Mi representado perdió los derechos más esenciales de una persona, incluso la drástica interrupción de la vida personal, familiar y laboral va más allá de un castigo legal, sino que constituye una experiencia humana severa”, señaló la abogada.
De esta manera, el segundo juicio terminó con la absolución del comerciante, revirtiendo la condena que había recibido en el primer proceso judicial.
