Vecina de sector rural de Quirihue denuncia ataque de perros a su crianza de terneros
IMAGEN CEDIDA POR MACARENA DE LOS PERROS QUE ATACARON
Una vecina del sector Las Conejeras, hacia el poniente de Quirihue, camino a San Miguel, denunció el ataque de al menos cuatro perros que habrían ingresado hasta el lugar donde mantiene una crianza de terneros.
De acuerdo con el relato entregado por Macarena, el primer ataque ocurrió el pasado 17 de septiembre, cuando un grupo de perros ingresó al predio y atacó a sus animales.
La situación volvió a repetirse durante los días siguientes. En esta oportunidad, la afectada logró observar a los canes cuando se retiraban del lugar y pudo fotografiarlos, antecedentes que espera puedan contribuir a establecer su procedencia y eventualmente identificar a sus propietarios.
Frente a lo ocurrido, Macarena intentó realizar la correspondiente denuncia ante Carabineros, solicitando que los hechos sean investigados y que se pueda determinar quiénes son los responsables de los perros, con el objetivo de que respondan por los daños provocados.
Sin embargo, la respuesta en la institución fue que no podían tomarle la denuncia porque debía tener información certera respecto a los dueños de los perros.
¿QUÉ DICE LA LEY CHOLITO?
La situación también vuelve a poner sobre la mesa las obligaciones que establece la Ley N°21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida como Ley Cholito.
El artículo 10 establece que el dueño o poseedor es responsable de la mascota, mientras que quien tenga un animal bajo su cuidado también responde por los daños producidos por éste. La misma norma señala que el responsable debe mantener al animal en el lugar destinado para su cuidado y bajo condiciones de higiene y seguridad.
Pero existe una disposición particularmente relevante para situaciones como la denunciada.
El artículo 13 de la Ley 21.020 establece que todo responsable de un animal regulado por esta normativa responderá civilmente por los daños que éste cause por su acción, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponder en determinadas circunstancias.
Esto significa que, si mediante la investigación se logra determinar quiénes son los responsables de los perros y se acredita que estos provocaron daños, podría existir responsabilidad civil por los perjuicios ocasionados, de acuerdo con las normas aplicables.
A ello se suma el artículo 2326 del Código Civil, que señala que el dueño de un animal es responsable de los daños causados por éste, incluso después de que se haya soltado o extraviado, salvo las excepciones que establece la propia norma.
La Ley 21.020 también contempla sanciones para determinadas infracciones. Su artículo 30 establece, como regla general para las contravenciones a sus disposiciones, multas de entre 1 y 30 UTM, pudiendo llegar hasta el doble en caso de reincidencia, además de otras medidas que puede adoptar el Juzgado de Policía Local en determinados casos.
Por ello, la determinación de eventuales responsabilidades y sanciones dependerá de la investigación, la identificación de los propietarios y las circunstancias específicas del caso.
LLAMADO A LA TENENCIA RESPONSABLE
El caso vuelve a generar preocupación entre quienes mantienen animales de crianza en sectores rurales, donde el ingreso de perros a predios puede provocar ataques y pérdidas económicas.
La legislación chilena establece que la tenencia responsable no solamente implica alimentar y cuidar a una mascota, sino también adoptar las medidas necesarias para evitar que ésta cause daños a otras personas o a la propiedad de terceros.
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