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Contraloría advierte que municipalidades no tienen facultades para venta de gas licuado

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La Contraloría General de la República (CGR) dictaminó que la venta de “gas popular”, impulsada por una serie de alcaldes del país para abaratar los costos de este bien para la ciudadanía, es inconstitucional.

El dictamen emitido se da luego de una presentación realizada por los municipios de Lo Prado, Conchalí y Pelarco quienes preguntaron “si, ante las particulares condiciones que se han producido por el alza de los combustibles, es posible que las entidades edilicias puedan vender gas a los vecinos de sus comunas”.

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Al respecto, la entidad señaló que “las municipalidades podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una ley de quórum calificado las autoriza, lo que no ha tenido lugar en la especie”.

Pese a la delicada situación que plantearon los municipios en su presentación, “la venta de gas a sus vecinos solo puede ser efectuada en la medida que el legislador lo autorice expresamente”. Por ende, se necesita un cambio de norma legislativa que permita esta comercialización.

El mismo dictamen aclara la diferencia entre las farmacias populares y el gas: “Cabe manifestar que la venta de gas por la que se consulta es una situación diversa de la analizada respecto de las farmacias comunales, las que se encuentran amparadas en las funciones de atención primaria de salud que el legislador radicó expresamente en las entidades edilicias”.

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