En enero de 2022 se inició un nuevo periodo para que los electores pudieran solicitar el cambio de domicilio electoral, teniendo como fecha de cierre el 1 de mayo para el Plebiscito de Salida del 4 de septiembre de 2022, el cual reviste carácter de OBLIGATORIO para los ciudadanos habilitados en Chile, mientras que para los chilenos residentes en el extranjero será de carácter voluntario.
Los electores que necesiten solicitar su cambio de domicilio electoral tendrán hasta las 23:59 horas del domingo 01 de mayo. Para hacerlo, deben ingresar al sitio https://miconsulta.servel.cl, con su Clave Única.
La atención presencial mediante otros canales (SRCeI, ChileAtiende, Consulados, Direcciones Regionales Servel, PDI pasos fronterizos), estará condicionada a las restricciones sanitarias de los territorios y a las condiciones de funcionamiento de los Servicios Públicos.
La aceptación de las solicitudes efectuadas se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales de Servel luego de 25 a 30 días hábiles.
En el caso de Ñuble, esta Dirección Regional se encuentra ubicada en Carrera N° 430, centro de Chillán, y los horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs.
Excepcionalmente atenderán a la ciudadanía este sábado 30 de abril y el domingo 01 de mayo, en horario de 09:00 a 17:00 horas en las oficinas.
El servicio también estará presente con 2 actividades en terreno, en los siguientes locales y fechas:
- Viernes 29/Abril: Primer Piso de Mall Arauco de 10:00 a 16:00 horas.
- Sábado 30/Abril: Persa Monterrico de 10:00 a 14:00 horas.
¿Qué es el domicilio electoral?
Por domicilio electoral se entiende aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.
¿Qué pasa si se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo?
Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplantare a otra persona, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales, según lo indicado por el artículo 54 de la ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral.